lunes, 18 de marzo de 2019

IMPORTANTE - SOLICITUD DE EQUIVALENCIAS

Recepción6 de marzo al 5 de abril (es importante entregar las solicitudes completas y       la documentación requerida) en Preceptoría de lunes a viernes de 13:30 a 16:30 Sra.          Graciela Soto, lunes a jueves de 18 a 21 y sábados de 10 a 13 Sra. Gabriela Sánchez          Berro)
      Evaluacion de las solicitudes: 6 de abril al 3 de mayo
Respuesta a los alumnos y notificación6 al 10 de mayo


Observaciones (Normativa Resolución 4043/09 y su anexo)

Por favor leer atentamente

1) Se podrán acreditar Espacios Curriculares (Materias) mediante el régimen de equivalencia. Las mismas equivalencias podrán comprender el Espacio Curricular completo (Equivalencia total) o una parte del mismo (Equivalencia parcial). Deberá tratarse de saberes acreditados en la misma institución (en planes anteriores al vigente o de otras carreras) o en otras instituciones del mismo nivel (cabe aclarar que si provienen del mismo plan de estudios no es necesario el trámite de equivalencia). Para la solicitud de reconocimiento no podrá exceder los seis últimos años desde la fecha de acreditación final.
El otorgamiento de la equivalencia será atribución del director del Instituto Superior.
No se recibirán solicitudes fuera de las fechas establecidas.

2) De las condiciones para solicitar equivalencias.
Para solicitar la acreditación por equivalencia el alumno deberá:
  • Solicitar mediante la planilla correspondiente en la Preceptoría en las fechas estipuladas, reconocimiento de equivalencias de Espacios Curriculares aprobados en la misma institución o en otra institución educativa de estudios superiores reconocida oficialmente.
  • Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y el/los programa/s que corresponda/n, en el/los que conste carga horaria, contenidos y bibliografía, del/los espacio/s curricular/es en el/los que solicita equivalencia. La documentación deberá estar debidamente certificada (firmada por la Autoridad de ese Instituto). La documentación antedicha, luego de finalizado el trámite, será archivada en el anillado Resumen de los trámites realizados en el presente año.
  • El trámite deberá presentarse en un folio oficio conteniendo además de la documentación, una Planilla Resumen (Descargar) y una Planilla por cada asignatura (Descargar)
  • Inscribirse y cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
  
3) De las funciones de los equipos docente y directivo:

Los Jefes de Área o preceptores afectados a esta tarea recibirán los trámites en los plazos y horarios estipulados.

El equipo docente de la cátedra sobre la que se solicita equivalencia deberá:
- Analizar las expectativas de logro u objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía, del Espacio Curricular a acreditar por equivalencia.
- Emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o parcial o bien del rechazo de la solicitud.
Dicho dictamen será inapelable.

Si la equivalencia es parcial, se realizará una devolución con la especificación de las expectativas de logro, los contenidos, las estrategias y los trayectos de actualización necesarios para lograr la acreditación del espacio curricular. Dichos trayectos de actualización podrán consistir en: la elaboración de un trabajo práctico/proyecto y sus correspondientes defensas, o bien en acciones de producción sonora y/o musical respetando la naturaleza del contenido a evaluar.
El equipo docente determinará fecha de trabajos indicados o plazos para el cumplimiento de otras acciones complementarias, que se completarán en la Mesa de examen correspondiente y se registrará en el libro de actas de examen aclarando “Completa equivalencia”.
En caso de reprobar las acciones complementarias o de no presentarse, se hará constar esta situación en el libro de actas de examen.
En este caso el estudiante recibirá la devolución correspondiente y podrá presentarse (previa inscripción y corrección de los trabajos) en el siguiente turno de exámenes.
Si nuevamente el alumno resultare desaprobado o estuviere ausente, la dirección del Instituto denegará la equivalencia mediante Disposición en el Libro de Equivalencias.



- Si la equivalencia es total se registrará en el Libro de Equivalencias del Establecimiento con el formato de acta y se consignará en el libro matriz y en el certificado de estudios: Aprobada por equivalencia en “Observaciones”; en los espacios correspondientes a fecha y calificación, se volcarán la fecha y la nota de aprobación en la institución de origen.

- AL FINALIZAR EL TRÁMITE, LOS ALUMNOS SERÁN CONVOCADOS POR MAIL PARA QUE PASEN POR LA JEFATURA DE ÁREA PARA RECIBIR LA RESPUESTA Y NOTIFICARSE DE LA MISMA BAJO FIRMA.